Con un importe global de 650.000 euros, están destinadas a aquellos titulares que hayan realizado la campaña de saneamiento ganadero con un veterinario habilitado
Santander-07.03.2025
El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) ha publicado este viernes la resolución de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación por la que se convocan ayudas, por importe de 650.000 euros, para que los titulares de explotaciones ganaderas que realicen pruebas diagnósticas, vacunaciones y medidas sanitarias en el marco de los programas de sanidad animal, prevención, control y erradicación con un veterinario habilitado.
La consejera María Jesús Susinos ha destacado el incremento que ha sufrido esta convocatoria dada "la importancia" de mantener en condiciones de seguridad la cabaña ganadera y hacer frente a las enfermedades emergentes.
Podrán beneficiarse de estas ayudas los titulares de explotación que hayan realizado la campaña de saneamiento ganadero con un veterinario habilitado, así como aquellos titulares de explotación que hayan vacunado a sus animales frente a la lengua azul.
Los titulares de explotaciones ganaderas beneficiarios de estas ayudas deberán hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como estar al corriente con sus obligaciones con la Hacienda del Gobierno de Cantabria; ser explotaciones de productores ganaderos en actividad y que las explotaciones tengan la condición de PYMES; hallarse inscrita en el Registro General de Explotaciones Ganaderas, y que no se trate de una empresa en crisis.
Será gasto subvencionable el pago de los honorarios profesionales al veterinario habilitado o a las agrupaciones de defensa sanitaria ganadera con motivo de la vacunación obligatoria, actuación sanitaria o ejecución de la campaña de saneamiento ganadero.
Serán actuaciones subvencionables las que se realicen desde el 1 de julio del año anterior hasta el 30 de junio del año de la convocatoria.
Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Ganadería y el plazo de presentación será de 35 días hábiles a contar desde la publicación del extracto de la convocatoria en el BOC en el caso de actuaciones realizadas desde el 1 de julio de 2024 hasta el día de la publicación del extracto.
Para las actuaciones realizadas desde el día siguiente de la publicación del extracto en el BOC hasta el 30 de junio de 2025, el plazo de presentación de solicitudes será 35 días hábiles a partir del día siguiente de la última actuación sanitaria realizada, entendida ésta como la realización de la campaña de saneamiento ganadero o la vacunación de lengua azul en su caso.
En caso de la vacunación de lengua azul se pueden dar dos situaciones: primo vacunación de lengua azul, que consiste en la aplicación de dos dosis espaciadas los días que correspondan según las indicaciones de uso establecidas en la ficha técnica de la vacuna.
Por otro lado, se puede dar la revacunación de lengua azul: consiste en la aplicación de una única dosis porque el animal ya ha sido vacunado el año anterior.
En consecuencia, hasta que no se realice la pauta completa de vacunación conforme a lo especificado anteriormente, no se dará por finalizada la actuación sanitaria. En el caso de que las actuaciones sanitarias finalicen en fecha posterior al 30 de junio de 2025, todas las actuaciones serán subvencionadas en la próxima convocatoria.
En el caso de que las actuaciones sanitarias finalicen en fecha posterior al 30 de junio de 2025, todas las actuaciones serán subvencionadas en la próxima convocatoria.